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Politicas de la editorial
- 1 Código de ética
- 2 Declaración de privacidad
- 3 Política de acceso abierto, declaración de derechos de autor y derechos de los lectores
- 4 Directrices sobre la Detección de Plagio
1. Código de ética
El Acta Mexicana de Fenomenología. Revista de investigación filosófica y científica establece su código de ética basado en las recomendaciones del Committe on Publication Ethics (COPE).
Autores
Conflictos de interés: es necesario que la o las personas autoras del trabajo no mantengan algún vínculo comercial, financiero o particular con personas o instituciones que pudieran tener intereses relacionados con el trabajo propuesto; en otras palabras, que eviten cualquier conflicto de interés.
Originalidad y publicación múltiple: el trabajo debe ser inédito; no se aceptarán trabajos que hayan sido publicados o que estén bajo arbitraje en otras revistas.
Plagio: Deberán solicitarse los permisos y autorizaciones correspondiente cuando se recurra a, o se haga uso de grandes cantidades de material escrito o gráfico (ilustraciones, láminas, cuadros, etc.) de otras autoras o autores.
Las autoras y autores deberán apegarse a lo indicado en los lineamientos editoriales de la Revista para remitir cualquier artículo, comentario bibliográfico, diálogo o traducción.
Todas las fuentes deben atendiendo a los lineamientos editoriales de la Revista.
Evaluadores
Objetividad y respeto: se espera que las personas evaluadoras cumplan objetiva y constructivamente con su labor, proporcionando comentarios que ayudarán a mejorar los manuscritos, generando así una dinámica de auténtica comunidad científica.
Conflicto de interés: de existir conflictos de interés, la evaluadora o el evaluador informará a la editora en jefe su imposibilidad para realizar la evaluación del articulo asignado.
Confidencialidad: las personas evaluadoras se comprometen a no utilizar, bajo ningún motivo, en beneficio propio o en perjuicio de otras partes el contenido de los artículos asignados. Durante todo el proceso de dictaminación, las evaluadoras y los evaluadores desconoce el nombre de las personas autoras.
Las personas evaluadoras deberán apegarse a los formatos particulares o la rúbrica de puntuación proporcionada por el Consejo de Redacción.
Editores
Las editoras y los editores atenderán en todo momento las necesidades de las autoras/(es), evaluadoras/(es) y lectoras/(es) para la mejora continua de la Revista.
El Consejo de Redacción se compromete a indicar los apartados de la revista que estén sometidos a procesos de evaluación o reestructuración.
Las evaluaciones y modificaciones editoriales se realizarán únicamente con base en la excelencia filosófica, científica y académica garantizando el anonimato e imparcialidad en todo momento.
Conflicto de intereses: de existir conflicto de intereses, las editoras y los editores se comprometen a abstenerse de continuar con su labor designada. Asimismo, la asignación de personas evaluadoras debe realizarse con vista en evitar los conflictos de intereses.
Cumplimiento de tiempos: todo el equipo editorial se compromete a cumplir cabalmente con los periodos establecidos en cada etapa del proceso de la revista, desde la recepción hasta la publicación de los artículos. Asimismo, se compromete a señalar de manera clara la duración de cada periodo en el espacio correspondiente de cada etapa.
Edición: el Consejo de Redacción realizará, con el propósito de lograr la excelencia filosófica, científica y académica del Acta Mexicana de Fenomenología, una edición ortotipográfica y de estilo, sin modificar el contenido del artículo.
2. Declaración de privacidad
Los nombres y direcciones de correo electrónico que se muestran en el Acta Mexicana de Fenomenología son de uso exclusivo y para los fines del proceso editorial, por lo que no se proporcionarán a terceros ni se usarán con otros motivos.
Aviso de privacidad integral de la Universidad Autónoma del Estado de México: https://www.uaemex.mx/avisos/Aviso_Privacidad.pdf
3. Política de acceso abierto, declaración de derechos de autor y derechos de los lectores
Política de acceso abierto
A partir del número 9 el Acta Mexicana de Fenomenología se rige bajo la licencia Creative Commons Atribución/Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional (los números anteriores disponen de la licencia Creative Commons Atribución/Reconocimiento-NoComercial-SinDerivados 4.0 Internacional).
El Acta Mexicana de Fenomenología siempre reconocerá el derecho moral de las autoras y los autores, quienes, mediante una carta, autorizarán a la Revista la primera publicación de su artículo; la reproducción, distribución y comunicación pública del mismo por cualquier medio y soporte en acceso abierto; conservarlo en el sitio web del Acta Mexicana de Fenomenología y sus repositorios; e identificar al Acta Mexicana de Fenomenología como el lugar de la publicación original.
El contenido del Acta Mexicana de Fenomenología se puede compartir: copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato, y adaptar: remezclar, transformar y construir a partir del material original siempre que se otorgue el reconocimiento correspondiente al autor y se indique que el trabajo fue publicado originalmente en el Acta Mexicana de Fenomenología. El material no debe de ser utilizado con fines comerciales.
Declaración de derechos de autor
El Acta Mexicana de Fenomenología siempre reconocerá el derecho moral de las autoras y los autores, quienes, mediante una carta debidamente firmada, autorizarán a la revista la primera publicación de su artículo; la reproducción, distribución y comunicación pública del mismo por cualquier medio y soporte en acceso abierto; conservarlo en el sitio web del Acta Mexicana de Fenomenología y sus repositorios; e identificar al Acta Mexicana de Fenomenología como el lugar de la publicación original.
Las autoras y los autores podrán distribuir sus artículos de forma independiente, sin perjuicio de la licencia no exclusiva otorgada a la revista, y realizar acuerdos y contratos adicionales para la distribución no exclusiva del artículo publicado en el Acta Mexicana de Fenomenología, en repositorios institucionales u otros medios electrónicos, siempre que indiquen explícitamente que el artículo fue publicado originalmente en el Acta Mexicana de Fenomenología.
Derechos de los lectores
Salvo indicación contraria, todos los contenidos del Acta Mexicana de Fenomenología se distribuyen amparados bajo la licencia Creative Commons 4.0 Atribución-No Comercial (CC BY-NC 4.0 Internacional), que permite compartir: copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato, y adaptar: remezclar, transformar y construir a partir del material siempre que se otorgue el reconocimiento correspondiente al autor o la autora y se indique que el trabajo fue publicado originalmente en el Acta Mexicana de Fenomenología. Es necesario reconocer la autoría de la obra, proporcionar la atribución correspondiente e indicar si se realizaron modificaciones. El material no debe ser utilizado con fines comerciales de acuerdo con lo establecido en la licencia Creative Commons 4.0 Atribución-No Comercial (CC BY-NC 4.0 Internacional).
4 Directrices sobre la Detección de Plagio
Para garantizar un proceso ético y transparente, y dejar en claro cómo se realiza la detección, el proceso para dictaminar si se realizó plagio y las consecuencias en caso de que haya sido así, se establecen las siguientes responsabilidades y procedimientos para los distintos actores del proceso editorial:
1. Autores
- Originalidad y Citación: Las personas autoras deben garantizar que sus manuscritos son completamente originales. Cualquier apropiación de textos, ideas, conceptos o estructuras argumentativas de terceros debe contar con la debida citación y referencia.
- Declaración de Autoplagio y Trabajos Previos: Se debe evitar la reutilización sustancial de trabajos propios ya publicados sin su declaración explícita.
Nota importante: Las tesis de posgrado alojadas en repositorios institucionales se consideran trabajos previos. Su origen debe ser declarado formalmente en el manuscrito al momento de someter el artículo. - Colaboración ante sospechas: En caso de que el Consejo de Redacción detecte porcentajes de similitud y solicite una aclaración, la persona autora de correspondencia tiene la obligación de responder oportunamente. La falta de respuesta, la admisión de culpa o una explicación insatisfactoria derivarán en el rechazo del manuscrito y la posible notificación a su institución de adscripción.
2. Evaluadores
- Vigilancia activa: Durante la lectura y evaluación de los manuscritos, las personas evaluadoras deben estar alerta ante cualquier sospecha de plagio, redundancia o falta de atribución de ideas.
- Notificación al Consejo de Redacción: Si una persona evaluadora identifica que el texto bajo evaluación copia o replica sin justificación otros trabajos (incluso de la propia persona autora), debe notificarlo de manera confidencial y detallada al Consejo de Redacción, adjuntando —de ser posible— la evidencia o las referencias originales.
- Confidencialidad: La persona evaluadora no debe contactar a las personas autoras bajo ninguna circunstancia. El manejo de la investigación recae exclusivamente en el Consejo de Redacción.
3. Consejo de redacción (Procedimiento en caso de detección)
- Especificación del uso del programa Turnitin: Para la detección de plagio y revisión de similitudes, las y los editores emplearán de manera oficial el programa. No obstante, no se realizarán rechazos automáticos inmediatos ante una alerta del software; toda evidencia será sometida a una evaluación crítica y cualitativa para dictaminar si efectivamente constituye un plagio.
- Aplicación de Protocolos COPE (Diagrama para definición del proceso): Ante una sospecha o detección de similitud injustificada u omisión de referencias, las y los editores actuarán siguiendo estrictamente los diagramas de flujo del Committee on Publication Ethics (COPE) para definir el proceso de dictaminación:
- Evaluación del grado de copia: Se determinará cualitativamente si se trata de una redundancia menor, copia de frases cortas (error honesto) o un plagio claro (uso no atribuido de grandes porciones de texto o datos).
- Notificación al autor: Se contactará por escrito a la persona autora de correspondencia con la evidencia del software para solicitar una explicación antes de tomar una decisión definitiva.
- Resolución Editorial:
- Si es un error honesto (justificación satisfactoria): Se permitirá a la persona autora la reformulación o corrección de las citas.
- Si hay falta de respuesta o justificación insatisfactoria (consecuencia del plagio): Se rechazará formalmente el manuscrito y se considerará informar a la institución de adscripción de la persona autora.
- Gestión de artículos ya publicados: Si se reporta o comprueba plagio en un texto que ya fue publicado, las y los editores aplicarán los mismos lineamientos de COPE, lo cual puede culminar en la retractación formal del artículo.
- Committee on Publication Ethics (COPE) - Diagrama de flujo para plagio en un manuscrito enviado: Plagiarism in a submitted manuscript | COPE: Committee on Publication Ethics